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UDD en la Prensa

¿Volver al sistema de voto obligatorio?

 Sergio Verdugo
Sergio Verdugo Profesor Investigador, Facultad de Derecho

La consistente baja participación en los procesos electorales de los últimos años, especialmente a partir de la aprobación de la reforma constitucional que estableció la voluntariedad del voto, debe preocuparnos. Es sensato discutir alternativas para promover una participación más alta. Lamentablemente, el debate sobre las causas de la abstención electoral y los argumentos a favor de la medida más popular que la Cámara de Diputados aprobó (establecer la obligatoriedad del voto), todavía no han incorporado alternativas.

Hay tres cuestiones que tener presente en este debate.

Primero, el debate sobre el voto obligatorio no ha generado consenso académico. La evidencia comparada no es concluyente, y existen buenas razones para defender ambas posiciones. Por supuesto, de ello no se sigue que ambas posiciones tengan justificaciones equivalentes, pero sí ambas ofrecen razones que, en abstracto, pueden ser aceptadas por cualquier demócrata liberal. Mientras una de ellas enfatiza el valor de la libertad individual, el derecho a (no) participar y la libertad de expresión, la otra enfatiza el deber de contribuir a legitimar instituciones representativas necesarias para una democracia constitucional. También hay quienes no ven una contradicción entre los derechos políticos y el deber de sufragar. Todas estas posiciones son defendibles.

Segundo, las alternativas de diseño producen efectos, aunque algunos sean difíciles de medir o demostrar. Mientras el sistema de voto voluntario hace más impredecible el resultado de las elecciones (pese a la existencia de tendencias que pueden observarse) e incentivan a los candidatos a movilizarse para atraer más votantes, el sistema obligatorio estimula a los candidatos a focalizar sus esfuerzos en grupos más heterogéneos. El voto obligatorio podría eliminar un problema de free riding y garantizar un cierto nivel de participación, aunque no se sepa con exactitud qué porcentaje de participación fue genuina y espontánea. El sistema no permitiría que sean los propios ciudadanos los que puedan decidir si están lo suficientemente informados e interesados como para emitir su voto.

Hay quienes creen que el voto obligatorio puede hacer que un grupo de ciudadanos vote de manera menos seria, por ejemplo, por candidatos anti-sistema, por populistas, por joke o donkey candidates, aunque la evidencia suele estar basada en estudios de casos difícilmente generalizables. Tampoco existe mucha evidencia de que estimule a las personas a informarse más, ni de que los Congresos electos puedan reflejar mejor los deseos de la opinión pública. No existe una correlación clara entre el tipo de voto que se adopte y la estabilidad del sistema democrático o el respeto por el Estado de Derecho. Sabemos muy poco y tenemos que legislar con información incompleta.

Un tercer punto que debemos considerar, es que las reglas electorales deben ser estables para que ellas puedan cumplir el propósito de habilitar procesos democráticos predecibles que sean conocidos por los actores que participan en ellos. Esto implica tomarse en serio la idea de que la opinión pública ha sido cambiante en esta materia, que la Convención Constitucional probablemente volverá a discutirlo, que estamos en un año electoral y que existen argumentos oportunistas en ambos lados del debate. Cualquiera sea la reforma que se haga, es deseable que ella sirva para consolidar procesos democráticos en el largo plazo y que no estemos discutiendo esta materia de nuevo en pocos años (o meses) más. Para eso, se necesitan acuerdos políticos transversales sostenibles en el tiempo.

Lamentablemente, la ausencia de un debate parlamentario más profundo ha impedido considerar la utilización de alternativas que podrían incrementar la participación y a equilibrar mejor las diferentes posiciones. Es importante tener presente que, en su estado actual, el proyecto de reforma constitucional se limita a reconocer que el voto es obligatorio sin establecer un sistema que implemente dicha obligatoriedad (lo que queda entregado a la ley). Esto podría cambiar durante el trámite legislativo.

Una primera alternativa es reconocer la obligatoriedad del sufragio sin establecer una sanción. Esta opción reconoce que el Derecho puede ser utilizado para guiar conductas que son deseables en un sistema cuyas instituciones representativas se legitiman, en parte, gracias a la participación electoral, sin necesidad de imponer cargas que pueden resultar intolerables para varios individuos (con lo que se respetan esas percepciones individuales). Algunos teóricos del Derecho argumentan en contra de este tipo de normas, en tanto no reconocerían una sanción que hiciera efectiva la conducta. El problema de esas teorías es que suelen ignorar el valor de la norma como instrumento pedagógico, simbólico y de coordinación.

Una segunda posibilidad, es establecer sanciones en conjunto con un generoso sistema de excusas. Tan generoso, que en la práctica cualquiera se pueda excusar con un simple trámite. Esta alternativa mantendría el respeto por la autonomía individual, pero, al obligar a quienes se quieran abstener a realizar un trámite, el costo de tiempo que les signifique podría estimularlos a votar. Aquellos que tengan una preferencia más fuerte por la abstención realizarán el trámite y quienes tengan una preferencia más débil preferirán votar. Así, este mecanismo funcionaría como “nudge”, lo que podría incrementar la participación y reconciliar las dos posiciones democráticas que parecen prevalecer en este debate.

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