¿Publicidad necesaria o show mediático?
Este miércoles 17 de agosto se sortearon los nombres de las y los diputados que se realizarán primero el test de drogas, tal como lo estipula el Reglamento aprobado en abril de este año. Este examen se realiza con muestras de pelo para ver si hay consumo de cocaína, cannabis, benzodiacepinas, opiáceos o anfetaminas. El responsable de hacer el examen, cuyo resultado demora entre 10 a 15 días, es el laboratorio de la Universidad de Chile. Según se ha informado, sus resultados serán públicos, y en todos aquellos casos que resulten positivo para alguna de estas drogas se autorizará el levantamiento del secreto bancario; si se comprueban ingresos mensuales superiores a 800 U.F. sin que pueda acreditarse su origen, se enviarán los antecedentes a la Comisión de Ética del Congreso, la que sancionará al parlamentario con multas entre el 2% y el 15% de su dieta. Esta medida buscaría controlar al crimen organizado asociado al narcotráfico.
Hay dos aristas en relación a este test. La primera se refiere a la legalidad de la aplicación de test de drogas a funcionarios públicos o personas que desempeñan labores cuya ejecución podría verse entorpecida si están bajo la influencia del alcohol o de drogas sicotrópicas. Así, por ejemplo, nadie debiera objetar que el piloto de un avión, quien maneja una grúa, o quien desempeña una labor riesgosa para sí o para terceros, deba realizarse un test de drogas. Asimismo, la Ley Nº 18.575 decreto 1215 (Orgánica Constitucional de la Administración del Estado) obliga a someterse a control de consumo de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales a diferentes funcionarios del Estado. Dicha ley dispone que cargos como ministros, subsecretarios, jefes superiores de servicio, y los directivos superiores de los órganos u organismos de la Administración del Estado, hasta el grado de jefe de división o su equivalente, no podrán ser desempeñados por quien tuviere dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por un tratamiento médico. En este sentido, parece razonable que los parlamentarios, en cuanto su calidad de funcionarios públicos, también se sometan al test de droga, cuyo objetivo primordial debiese ser la prevención y eventual rehabilitación de consumo problemático de sustancias ilícitas.
La segunda arista se refiere a la confidencialidad de los resultados del test. El Decreto Nº 1214, de 2007, que establece las normas que regulan las medidas de prevención del consumo de drogas en los órganos de la administración del Estado, en su Artículo undécimo, señala que “el procedimiento se aplicará en forma reservada y resguardará la dignidad e intimidad de ellos, observando las prescripciones de la ley Nº 19.628, sobre protección de los datos de carácter personal, o el texto que la reemplace”. Todo el proceso de realización del test (ingreso a los boxes asignados, por ejemplo) y entrega de los resultados debiesen estar considerados dentro de la confidencialidad que se exige a cualquier examen de salud y no parece prudente que sea con publicidad.
Si bien el objetivo del examen es elevar los estándares de transparencia en la labor parlamentaria con el fin de evitar la comisión de delitos, además de prescindir de cualquier relación entre la Cámara y las redes de narcotráfico que existen en el país, fin loable por cierto, creemos que esto se puede lograr sin necesidad de hacer público resultados de exámenes de laboratorio que por su naturaleza son sensibles.