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UDD en la Prensa

Los médicos, la tortura, y los próximos 50 años

 Sofía Salas Ibarra
Sofía Salas Ibarra Profesora Titular, Centro de Bioética, Facultad de Medicina

Como educadores, es nuestro deber formar a las nuevas generaciones de profesionales sanitarios con un enfoque en Derechos Humanos y una robusta formación ética, para que la tragedia que vivieron muchas personas no se repita.

Al conmemorarse los 50 años del Golpe de Estado, es relevante recordar los fundamentos éticos de por qué el profesional médico no debe nunca participar, ni activa ni pasivamente, en actos de tortura. La Asociación Médica Mundial (AMM) define tortura como el “sufrimiento físico o mental infligido en forma deliberada, sistemática o caprichosamente por una o más personas, que actúan solas o bajo las órdenes de cualquier autoridad, para forzar a otra persona a entregar informaciones, hacerla confesar o por cualquier otra razón”.

El principal fundamento ético del por qué la tortura es siempre reprochable es porque atenta contra la dignidad intrínseca de todo ser humano. Así, la Declaración Universal de Derechos Humanos, indica expresamente que “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. Es especialmente condenable la participación del profesional médico, puesto que al hacerlo incumple con el ethos mismo de la profesión. Tal como lo menciona la destacada filósofa española Victoria Camps, el médico tiene un compromiso ineludible de carácter moral y en su práctica busca dos objetivos primordiales: el bien de los pacientes y el empeño en construir una buena imagen de la propia profesión. Como es obvio, ninguno de éstos es alcanzable si el médico se convierte en torturador.

El Código Internacional de Ética Médica de la AMM señala: “El médico nunca debe participar o facilitar actos de tortura, castigos u otras prácticas crueles, inhumanas o degradantes”, prohibición que es refrendada por numerosas declaraciones y normas éticas internacionales suscritas por la profesión médica. Una de éstas es la Declaración de Tokio de la AMM, cuya introducción fundamenta la prohibición de participar en actos de tortura porque el médico “debe mantener el máximo respeto por la vida humana, aun bajo amenaza, y jamás utilizar sus conocimientos médicos contra las leyes de la humanidad”. Agrega que no puede facilitar la práctica de la tortura ni puede proporcionar conocimientos “para disminuir la capacidad de resistencia de la víctima a soportar dicho trato” y tampoco debe estar presente “durante ningún procedimiento que implique el uso o amenaza de tortura, o de cualquiera otra forma de trato cruel, inhumano o degradante”. Por lo tanto, la condena no es sólo para participar directamente en actos de tortura, sino que también para facilitarla. Similar consideración tiene el Código de Ética del COLMED de Chile, al señalar que “Falta a la ética profesional el médico que apoye, consienta o participe en la práctica de torturas u otras formas de procedimientos crueles, inhumanos o degradantes, cualquiera sea la ofensa que se impute a la víctima y las circunstancias invocadas, incluyendo conflicto armado o guerra civil”. La Declaración de Hamburgo de la AMM apoya a los médicos que se niegan a participar en actos de tortura, reconociendo que estas prácticas aún son realizadas en diversos lugares del mundo, donde se ejerce presión sobre el profesional médico para participar en estas violaciones a los derechos humanos.

Una situación compleja se refiere a cuál debiese ser el rol del profesional sanitario cuando es testigo de casos de tortura, sobretodo si es requerido para brindar asistencia médica. La pregunta ética fundamental en este caso es ¿qué debo hacer? Una respuesta fácil sería que es mejor que no atienda a ese paciente y renuncie a ese trabajo; así, nunca podría ser considerado como cómplice de estos actos. Pero, como es fácil de comprender, una actitud así privaría de recibir atención médica a una persona especialmente vulnerada. El otro extremo es hacer una atención técnicamente correcta, pero desatenderse del problema. Tal como lo señala la Declaración de la AMM sobre la responsabilidad de los médicos, junto con procurar atender a la víctima en un entorno seguro y respetando la confidencialidad, es relevante poder hacer la denuncia de estos casos.

Finalmente, vale la pena mencionar que para que nunca más profesionales médicos participen en actos de tortura, se hace necesario que “en todas las escuelas de medicina y hospitales se eduque y se investigue sobre los efectos de la tortura y su tratamiento, la rehabilitación de los sobrevivientes, el modo de documentar los efectos de la tortura y la protección profesional descrita en esta Declaración” (Declaración de Hamburgo). La AMM también recomienda que se forme a los médicos para identificar los distintos métodos de torturas “a fin de preparar documentación médica de alta calidad que pueda ser usada como evidencia en procedimientos legales”.

Para mirar con la frente en alto hacia los próximos 50 años, los profesionales sanitarios nunca debiesen involucrarse en actos de tortura. Como educadores, es también nuestro deber formar a las nuevas generaciones con un enfoque en DD.HH. y una robusta formación ética, para que la tragedia que vivieron muchas personas no se repita. Finalmente, desde nuestra profesión, también tenemos el deber cívico de cuidar la democracia.