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UDD en la Prensa

Ley de amnistía: Una deuda pendiente

 Bárbara Ivanschitz
Bárbara Ivanschitz Docente Facultad de Derecho

Más allá de los cuestionamientos de ciertos sectores políticos respecto de la oportunidad en que el Gobierno ha dado suma urgencia al proyecto de ley que pretende anular el decreto ley de amnistía, lo cierto es que Chile ha sido condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la aplicación de éste, declarando que las disposiciones de amnistía son contrarias al Derecho Internacional y carecen de efectos jurídicos.
Dicho organismo impuso a Chile la obligación de asegurar que la ley de amnistía no siga representado un obstáculo para investigar, identificar y sancionar a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos. El problema que se presenta entonces es cómo cumplimos con esta medida. Nuestros tribunales, en jurisprudencia uniforme y sostenida han inaplicado la ley de amnistía, sin embargo, la Corte Interamericana ha estimado que ello es insuficiente, sosteniendo que la sola vigencia de la ley de amnistía constituye per se una vulneración al deber de garantía de los derechos humanos consagrado en la Convención Americana de Derechos Humanos de la que Chile es parte.
Pese a los diversos intentos legislativos por eliminar el decreto ley de amnistía no se ha podido llegar a acuerdo. Desde luego una derogación de la ley de amnistía no produciría el efecto deseado, ya que en virtud del principio de ultraactividad de la ley penal ésta mantendría su vigencia al ser más favorable, pues extingue la responsabilidad.
Pero me parece que la vía tampoco es la declaración de nulidad de la ley de amnistía, ya que en nuestro sistema una ley puede ser expulsada del ordenamiento jurídico a través de su derogación o declaración de inconstitucionalidad, la que finalmente también lleva a entenderla derogada. Es por ello que una solución legal al problema no resulta fácil.
Por ahora, seguirán siendo nuestros tribunales quienes den cumplimiento a esta obligación pendiente manteniendo el criterio que ha importado la no aplicación de la ley de amnistía a los casos de violaciones a los derechos humanos.