Hero Image

UDD en la Prensa

La libertad en materia económica

 Francisca  Labbé F.
Francisca Labbé F. Profesora investigadora del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa, Facultad de Derecho UDD.

1. El valor de la libertad económica
Podemos definir libertad como la facultad y el derecho de toda persona para elegir, de manera responsable, la forma de actuar dentro de una sociedad. En este sentido, todas las personas tenemos la capacidad de autodeterminarnos, de elegir nuestro propio camino y destino. Por esta razón, la libertad es un pilar básico del Derecho, y cumple un rol fundamental en las sociedades que aspiran a una sana convivencia.

En materia económica, las personas también somos libres de desarrollar cualquier actividad económica, con tal que no sea contraria a la moral, al orden público o la seguridad nacional. Además, debemos respetar la regulación económica pertinente. Así lo dispone el artículo 19 N° 21 de la Constitución actualmente vigente.

El valor de la libertad en materia económica consiste en poder desarrollar cualquier actividad de producción, de distribución, de comercialización, e incluso de consumo de bienes o servicios, para la satisfacción de las necesidades humanas. Es decir, consiste precisamente en poder elegir con absoluta libertad en que quiero emprender y como quiero gastar mis recursos, siendo consiente de mis habilidades y necesidades.

Esta libertad es un derecho, una facultad y un privilegio, que permite a los seres humanos desarrollar al máximo su potencia creadora. Aquí se vincula la libertad económica con la capacidad emprendedora, y, por ende, con la posibilidad de hacer empresa.

De la libertad económica emanan tres conceptos relevantes, que son: a) la regulación de la actividad económica; b) la subsidiariedad en materia económica; y c) el rol del Estado empresario.

En esta minuta nos referiremos solamente a la regulación económica, y dejaremos los otros dos temas para un análisis posterior.

2. Regulación económica
No podemos olvidar que la actividad económica reconoce sus primeros límites en la Constitución misma. Actualmente estos son la moral, el orden público y la seguridad nacional.

Ciertamente, la actividad económica no sólo se puede, sino que se debe regular. En términos generales, al legislador le corresponde evaluar las ventajas y desventajas de reglamentar una cierta actividad económica, ya sea estableciendo prohibiciones, fijando requisitos, controlando el cumplimiento de la normativa aplicable, definiendo conceptos, y/o determinando las formas en que deben llevarse a cabo. La regulación debe propender a la satisfacción del interés público, mediante la protección de bienes jurídicos específicos.

En nuestro país, la legislación económica ha jugado un rol muy importante, toda vez que ha permitido establecer un marco regulatorio claro para que los particulares, tanto nacionales como extranjeros, puedan desarrollar libremente actividades económicas. Sin este conjunto de normas, simplemente no podríamos haber alcanzado niveles de desarrollo como los vistos durante los últimos años.

Como en todo el Derecho, en materia económica también existen dos grandes grupos de normas: a) leyes generales, es decir aquellas que regulan de manera transversal todas las actividades económicas; y b) leyes específicas, que son las que sólo se aplican a una determinada actividad.

Dentro de las leyes de carácter general que regulan la actividad económica encontramos el código de comercio, las distintas leyes de sociedades, la ley de protección al consumidor, la legislación sobre defensa de la libre competencia, las normas sobre inversión extranjera, la legislación del mercado de valores, las leyes laborales, normas sobre comercio internacional, etc.

Por su parte, también existen mercados que tienen algunas características especiales, que hacen necesaria una regulación mayor. Normalmente podemos identificar estos mercados con los monopolios naturales relacionados con desarrollo y tecnología (telecomunicaciones, obras públicas), con los mercados en que las economías de escalas se hacen tremendamente necesarias si queremos obtener una red adecuada de distribución (energía), con aquellos en que los bienes son escasos necesitan ser administrados adecuadamente (aguas, minerales), o en aquellos en que existe gran asimetría de información entre oferentes y demandantes (mercado de valores, seguros, AFP, bancos).

Aquí la ley cumple un rol muy importante: intenta disminuir las distorsiones que se producen en estos mercados, con medidas que buscan que los precios se comporten como si fueran si estuvieran en un mercado lo más competitivo posible.

3. Conclusión
En resumen, todas las personas en una sociedad libre tenemos el derecho de decidir la manera que nos parezca más adecuada para realizar nuestra vida y emprender nuestros caminos, y decidir sobre la utilización que le daremos, o no le daremos, a los recursos económicos que nos pertenecen. Estas decisiones no pueden tomarse sin respeto del derecho ajeno, es por ello que los países se dan marcos regulatorios que permiten conocer las reglas en las que los ciudadanos se mueven. Mientras más estables y transparentes sean estos marcos, con mayor facilidad las personas tenderemos a respetarlos. En todo caso, el abuso, en cualquiera de sus formas, debe ser sancionado, en especial cuando por causa de un acto abusivo se ve afectada, de alguna manera, la calidad de vida de aquellos más vulnerables.