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UDD en la Prensa

La «hoja en blanco» constitucional

 José Manuel Díaz de Valdés Juliá
José Manuel Díaz de Valdés Juliá Director, Centro de Justicia Constitucional, Facultad de Derecho

Los procesos constituyentes contemporáneos nunca parten de una “Hoja en Blanco”, es decir, quién redacta una nueva constitución no es completamente libre para decidir su contenido sin ningún límite o referencia.

Si bien algunos de estos límites son controversiales, existen al menos cuatro que son bastante claros.

Chile forma parte de una CULTURA CONSTITUCIONAL DEMOCRÁTICA que reduce enormemente las alternativas disponibles cuando se redacta una nueva Constitución. Así, por ejemplo, cuando se quiere definir el Régimen de Gobierno, las alternativas son Presidencialismo, Parlamentarismo y Semi-presidencialismo, con variantes menores. Otros sistemas simplemente no pueden ser considerados, como sería una Teocracia o una Monarquía Absoluta. Similarmente, cuando hablamos de Formas de Estado, las opciones troncales son Federalismo, Unitarismo y Regionalismo, y no hay mucho más donde elegir. En definitiva, quienes redacten la nueva constitución estarán siempre escogiendo entre alternativas muy acotadas, según los estándares actuales de la democracia occidental.

Una nueva constitución debe reconocer y respetar los DERECHOS FUNDAMENTALES de las personas. Sería inconcebible que se pretendiese eliminar, por ejemplo, la igualdad ante la ley o el derecho a la vida. Más aún, un nuevo texto Constitucional no debiera retroceder en las conquistas que se han logrado, respecto del contenido de cada derecho, a lo largo de nuestra historia constitucional. Así, no basta con conservar la libertad de expresión, sino también la prohibición de la censura previa. Tampoco basta con mantener el derecho de propiedad, sino que debe conservarse la exigencia del pago previo a la expropiación.

Chile no es una isla en el mundo, sino que se encuentra vinculado por una serie de TRATADOS INTERNACIONALES que establecen un conjunto de obligaciones. Una nueva Constitución deberá respetar estos tratados, por ejemplo, en materia de derechos humanos (ej. Convención Americana de Derechos Humanos), solución de conflictos (Corte de la Haya creada por la Carta de la ONU), protección de inversiones (entre Chile y múltiples países), etc.

Chile tiene una larga TRADICIÓN CONSTITUCIONAL, en que hemos ido adquiriendo un valioso aprendizaje. Una nueva Constitución deberá respetar e incorporar al menos los elementos más importantes y positivos de esa tradición. Por ejemplo, el Principio de Juridicidad (las autoridades sólo pueden hacer aquello que les permita la ley) o la existencia de la Contraloría General de la República.

En CONCLUSIÓN, cuando se redacte una nueva Constitución, quienes definan sus contenidos no gozarán de completa libertad en su labor, sino que deberán reconocer limitaciones importantes derivadas, a lo menos, del constitucionalismo democrático occidental, los derechos fundamentales, los tratados internacionales y nuestra tradición constitucional. Por eso, es un error decir que existe una “hoja en blanco”. Por el contrario, la hoja en que se escribirá la nueva Constitución ya tiene muchos contenidos.

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