Integración al CRUCh: Una ley a la medida
Hemos tomado conocimiento de que la Comisión de Educación de la Cámara ha aprobado una indicación en la que permitirá incorporar nuevas universidades privadas al Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCh). Esto no es trivial, toda vez que la adscripción a ese grupo significa tres cosas. Primero, porque se trata de un espacio de gran influencia en la política educativa nacional. Segundo, por la posibilidad de acceder a cuantiosos recursos públicos que están privados al resto de las instituciones; y tercero, porque se trata de un espacio que tiende a capturar el debate de las políticas públicas en materia de educación superior. Por ende, se deben examinar con mucho cuidado las condiciones que permitirían que otras universidades accedan a él, algo que no sucedió con la mencionada indicación.
En primer lugar, se plantean como requisitos una serie de condiciones de calidad, como la selectividad, la acreditación, la internacionalización, entre otras; cuando es sabido que la composición del CRUCh no obedece a ningún criterio de ese tipo, sino a una mera razón histórica. Es más, algunos de los requisitos que se señalan no los cumplen varias de las instituciones que hoy pertenecen al CRUCh, lo cual demuestra la inconsistencia de ellas. En este sentido, aparece como un absurdo pedirles a los nuevos postulantes requisitos que los actuales miembros no están en condiciones de cumplir. Un ejemplo claro de esto es la exigencia de 15 años de existencia, la que es abiertamente contradictoria cuando dos universidades estatales, que tienen menos de un año, fueron admitidas a este grupo por decreto.
Por otra parte, pedir que las instituciones postulantes adhieran al Sistema Único de Admisión provoca un problema adicional: al tratarse esto último de una decisión interna y autónoma del CRUCh, el criterio de acceso se reduce a la voluntad de las universidades existentes. ¿Para qué se exigen criterios adicionales si todo queda a discreción de los incumbentes?
En segundo lugar, y quizás se trata del aspecto en el que la indicación muestra el mayor grado de arbitrariedad, está la exigencia de adscribir a la política de gratuidad, siendo que esta es por definición voluntaria. No se entiende que el Estado fije un doble estándar en la materia, menos cuando se trata de una política que, hasta ahora, genera déficits financieros relevantes e insostenibles para las instituciones.
Finalmente, es importante dejar en claro que la voluntad de abrir el CRUCh y los requisitos que se han establecido son producto de las indicaciones presentadas por dos universidades privadas y que, de paso, son las únicas que cumplen los requisitos. Esa no es la manera correcta ni justa de legislar, que siempre debe buscar los intereses generales del país. Por el contrario, con esto, lo único que se logra es extender a dedo privilegios escasamente justificados, dañando aún más el funcionamiento del sistema universitario.
Lo que ha ocurrido en la Cámara de Diputados no es una buena señal. En vez de procurar un mejor y más justo funcionamiento del sistema, se está agravando una discriminación odiosa que compromete recursos públicos significativos, favoreciendo a unos pocos en perjuicio de la mayoría de los estudiantes. Sinceramente, esperamos que esto sea revertido en el Senado y que prime el interés general por sobre el particular. Que se busque, de una vez por todas, terminar con una división del sistema universitario que no resiste racionalidad y argumento alguno bajo ningún parámetro objetivo de calidad y seriedad de los proyectos universitarios que existen en el país.
-ANDRÉS BENÍTEZ, Rector Universidad Adolfo Ibáñez
-FEDERICO VALDÉS, Rector Universidad del Desarrollo
-CRISTIAN NAZER, Rector Universidad Finis Terrae
-JOSÉ ANTONIO GUZMÁN, Rector Universidad de los Andes
-RUBÉN COVARRUBIAS, Rector Universidad Mayor