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UDD en la Prensa

Enemigos de la autonomía de las mujeres en Chile

 Fernanda García
Fernanda García Subdirectora Ejecutiva y Directora del Programa de Pregrado Faro

Todo indica que la reforma a la sociedad conyugal (SC) será ley este 2024, permitiendo que marido y mujer coadministren el patrimonio familiar, y terminando con la administración exclusiva del marido. En el mundo, en cambio, la coadministración es una realidad desde hace décadas y ello nos obliga a reflexionar sobre las particularidades que explican el inaudito retraso chileno.

Por años, prestigiosos académicos afirmaron que por la reforma de 1989 la mujer casada en SC era capaz plenamente, al eliminarla a ella del listado de incapaces y a él del de representantes legales. La cuestión pendiente devino en un tecnicismo residual, dijeron, pero la realidad es otra: la mujer en la SC continúa necesitando autorización del marido para realizar casi cualquier acto jurídico y él es su representante legal, porque los efectos de sus actos se radican en el patrimonio de ella. Si bien es posible optar por regímenes que no exigen administración masculina (separación de bienes y participación en gananciales), la ley no ofrece una alternativa de administración que conjugue autonomía y cuidado. Se fuerza a la mujer a optar: ser capaz bajo regímenes sin solidaridad familiar o tener derechos patrimoniales en comunidad, pero renunciando a su capacidad.

¿Es contradictorio o dificultoso reconocer capacidad a los cónyuges y proteger al que se dedica prioritariamente al cuidado? La respuesta, obviamente negativa, muestra la especialidad del caso chileno. El retraso impresentable, oculto por el velo de una reforma aparente, evidencia que en nuestro país cohabitan convicciones poderosas y antagónicas, que dificultan la natural correspondencia entre autonomía, cuidado y feminismo. Visiones sobre las mujeres, su lugar en la familia, y su autonomía jurídica que subyacen al debate jurídico local.

Autonomía femenina y cuidado familiar no son compatibles bajo algunos conservadurismos que igualan solidaridad familiar con jerarquía conyugal. Y puesto que ello no es ya culturalmente aceptable, eligen el “mal menor” del formalismo normativo. Se defiende una ley que elimina a la mujer del listado de incapaces, conservando al marido como administrador y jefe de la SC.

Pero la reticencia a conjugar autonomía y cuidado proviene también de algunos feminismos. Ellos perjudican la autonomía de las mujeres porque no creen en la libertad individual. Por años han desterrado de la “agenda feminista” a la maternidad, que millones de mujeres eligen libremente. Lo mismo ocurre con la corresponsabilidad familiar por el cuidado: marginan a los hombres del debate, contrariando toda la evidencia que muestra que la brecha es solo reversible si ellos ejercen roles activos de cuidado. Han proscrito del vocabulario feminista al crecimiento económico y al emprendimiento, ignorando su rol medular en la historia feminista y en la superación de la pobreza de hogares monoparentales con jefatura femenina.

Ese discurso no sólo omite a la autonomía, sino que la fustiga y, sobre todo, es funcional a la retórica antifeminista de los conservadurismos patriarcales. Ese feminismo sectario y desdeñoso de la libertad y la agencia de las mujeres es una caricatura que flaco favor ha hecho a las mujeres en Chile, al punto que es ya imposible no verlo como una nueva herramienta del patriarcado local para mantenerse en pie.

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