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UDD en la Prensa

Bases del sistema económico en el proyecto de nueva Constitución

 Francisca  Labbé F.
Francisca Labbé F. Profesora investigadora del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa, Facultad de Derecho UDD.

En Derecho, se discute si es lícito que las constituciones hagan referencia a algún sistema económico en particular, ya sea estableciendo las bases de uno en específico, adoptando un modelo económico en particular o, derechamente, formulando políticas económicas. 

En general, la respuesta es positiva. Es decir, se sostiene que es válido que la Constitución haga referencia a algún sistema económico en particular.

Después de todo, es precisamente la norma más importante de un ordenamiento jurídico, y, por lo tanto, establece la organización del Estado y sus poderes, atribuyéndolo a los órganos respectivos; fija lo que el Estado puede hacer respecto de los individuos, y establece las garantías individuales y colectivas.

Como nada de esto puede hacerse realidad si el Estado no tiene la capacidad de generar recursos para dar cumplimiento a su mandato, entonces se acepta que las constituciones incluyan las bases del sistema económico para orientar la actividad de los agentes económicos, lo cual no es equivalente a establecer un modelo económico exclusivo, y menos, políticas públicas concretas. 

En términos simples, dos son las características que permiten identificar la opción económica de una Constitución: libertad económica y derecho de propiedad. En pocas palabras, algunos sistemas entregan mayor poder al Estado y otros, mayor libertad a las personas.

Así, mientras mayor libertad y más protección de la propiedad privada, más cerca de un sistema económico de mercado nos encontramos. Por el contrario, a menos libertad y con propiedad privada debilitada, la opción se ubicará más próxima a un sistema económico centralmente planificado. 

Surge así la necesidad de revisar si la propuesta de nueva Constitución se hace cargo de estos temas, los que son muy relevantes para el desarrollo del país, puesto que es iluso pensar que podremos dar cumplimiento a todos los derechos que se establecen en el proyecto, sin crecimiento económico. Hacer este análisis permite a los ciudadanos reconocer si se identifican o no con el proyecto, desde una perspectiva económica. 

Al respecto, cabe señalar que el proyecto no dice expresamente que se inclina por un sistema económico u otro. Sin embargo, se aleja bastante de modelos con mayor inclinación hacia la libertad de los individuos. Esta libertad no es más ni menos que el derecho de toda persona a desarrollar cualquier actividad económica -respetando los límites que la Constitución y la ley determinen, según corresponda -y se encuentra fuertemente resguardada en la Constitución actualmente vigente (art. 19 N° 21). En cambio, la propuesta de nueva Constitución no la reconoce con esta misma fuerza, al permitir y mandar al Estado a participar en la economía, desarrollando actividades económicas y otorgándole iniciativa para ello (art. 182). 

Por su parte, en materia de propiedad privada, la Constitución actualmente vigente contiene un estatuto que asegura el acceso y el dominio sobre toda clase de bienes, así como también protege la propiedad intelectual e industrial y reconoce propiedad sobre los derechos de agua (art. 19 N° 23, 24 y 25). En estas normas encontramos las garantías para adquirir, gozar, usar y disponer de nuestros bienes, así también los derechos mínimos que el Estado debe respetar en caso de expropiación. En cambio, la propuesta de nueva Constitución quita la protección a la propiedad industrial (art. 95) y termina con los derechos de agua (art. 142), entre otras cosas.

Además, debilita las garantías generales sobre la propiedad privada, esto es, reemplaza el concepto de indemnización del valor patrimonial efectivamente causado por la noción de precio justo, por una parte, y, por la otra, modifica la garantía de que el pago debe hacerse en dinero efectivo al contado al indicar que el pago se hará en la forma que prescriba la ley (art. 78). 

En resumen, sostenemos que las bases económicas que el proyecto de nueva Constitución nos propone le quitan preponderancia a la libertad de las personas y debilitan la propiedad privada, inclinando la balanza hacia un sistema económico cercano al centralmente planificado. Votar informado implica reconocer las bases económicas que contiene esta propuesta, porque solo así seremos capaces de tomar la decisión que consideremos mejor para Chile.