Retrocediendo 40 años
Cuando se esperaba que por fin se aprobaría la creación del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, la comisión del Senado rechazó dos indicaciones propuestas por la Cámara de Diputados, una de ellas es sobre propiedad intelectual (PI).
El proyecto presentado tiene por objeto “establecer un marco general que estructure, impulse, coordine y promueva las actividades de ciencia, humanidades y desarrollo tecnológico en todas sus etapas, a fin de contribuir al progreso económico sustentable y al bienestar social del país”, obviamente a través de una institucionalidad moderna y pertinente para los desafíos del futuro. Sin embargo, al escuchar que uno de los aspectos en los que no hay acuerdo es en PI -específicamente sobre las invenciones surgidas de la actividad de investigación-, en principio me llamó la atención, pues la titularidad de las invenciones está definida en la ley de propiedad industrial, que para el caso de la universidades, establece que ésta pertenece a las universidades. Así, lo primero que se me vino a la mente fue el DFL Nº 33 de 1981.
Al leer el proyecto queda más que claro que no se discutió sobre PI pensando en el Ministerio para los desafíos del futuro, sino sobre la base de la modificación del artículo 9 de dicho decreto. Éste establece que si los investigadores o instituciones que quieran proteger sus resultados de investigación (financiados con fondos estatales) deben pedir autorización al Consejo Superior de Desarrollo Tecnológico, previa devolución de los aportes recibidos, y que de no perseverar en la protección, esta podría realizarla el Consejo, permitiendo su uso de manera gratuita. No sé si esto se habrá aplicado alguna vez, en cualquier caso las normativas se han ido actualizando en la medida que se va entendiendo el rol de la PI en la sociedad del conocimiento, primando lo establecido en la ley de propiedad industrial.
Con gran desilusión me pregunto, ¿qué proyecto de Ministerio se está discutiendo en el parlamento?, ¿uno que considera un modelo mixto de investigación fundamental y de investigación orientada hacia los problemas de la sociedad?, ¿uno que pasa a ser el agente activo del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y promueve la vinculación entre los generadores de conocimiento y las empresas (promotores de la puesta en valor del conocimiento generado), y enérgico en promover la innovación de base tecnológica, ¿o tal vez, y como me negué a creerlo, es un maquillaje a Conicyt?
Si la misión de este Ministerio estuviera claramente entendida y reflejada en la institucionalidad en discusión, la PI no se acotaría a modificar el artículo 9 del decreto que creó el Fondecyt. Si existiera una mayor comprensión del mundo de la ciencia y la tecnología y su conexión con el desarrollo sería más fácil entender que el rol que juega la propiedad intelectual, entender que el estado no invierte en investigación aplicada y en desarrollo tecnológico para obtener patentes, éstas son necesarias para proteger ventajas competitivas.
En este ámbito tenemos grandes desafíos en Chile. Es el momento de entender el rol de la PI, todavía se confunde ser titular de una invención, con ser el inventor, con tener los derechos para explotar la PI y con la distribución de la retribución económica derivada de la explotación comercial de las tecnologías. Lo anterior en su momento lo resolvimos promoviendo el conocimiento sobre PI, creando políticas en las universidades y centros desarrolladores de conocimiento. Lamentablemente el nivel de discusión que está ocurriendo en el Congreso deja la sensación de haber retrocedido 40 años en el tiempo.
Sí, queremos un Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, pero cuidado, que esta discusión nos podría llevar a un escenario peor que el que tenemos hoy.