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UDD en la Prensa

Constitución y justicia social

 Cristián Larroulet Vignau
Cristián Larroulet Vignau Profesor e investigador, Facultad de Economía y Negocios

En los últimos días se ha vuelto a plantear con más intensidad el tema de la nueva Constitución, especialmente respecto de la supuesta necesidad de reformar instituciones fundamentales como lo es el derecho de propiedad. Así lo han planteado ministros de Estado y abogados constitucionalistas pertenecientes a la coalición de Gobierno.
Algunos han propuesto modificar ese derecho para asimilarlo a las constituciones europeas señalando que la reforma debe considerar «que la propiedad obliga no sólo a la economía, sino también al desarrollo y la equidad». En otras palabras, se estaría cuestionando la contribución de la Constitución vigente al desarrollo social y a la justicia en el país. Incluso esos críticos valoran más a la Constitución del 25, porque ella relevaría de mejor manera la función social del derecho de propiedad que la Constitución vigente.
Para colaborar a esta discusión es útil comparar a la Constitución del 25 en su plena vigencia democrática con la Constitución actual desde la perspectiva del «desarrollo y la equidad». ¿Cuál de las dos ha permitido al Estado contar con más recursos para fortalecer su función social? La respuesta es clara: el ingreso fiscal bajo la actual Constitución ha sido 6,4 puntos del PIB mayor que el promedio obtenido por el Fisco durante los 47 años en que rigió la anterior Constitución. Es decir, mayores ingresos para el Estado para promover la justicia social por un monto que equivale a dos veces más que la suma recaudada por la actual reforma tributaria.
Sigamos comparando: ¿qué ocurrió con los salarios de los trabajadores bajo las diferentes constituciones? Durante la Constitución del 25 las remuneraciones crecieron al 1,4% anual, mientras que con la Constitución vigente los ingresos se reajustaron en 2,7%. Es decir, bajo la actual Carta Fundamental los salarios de los trabajadores crecieron casi al doble respecto a quienes trabajaron entre 1925 y 1972.
La educación es la principal fuente de igualdad de oportunidades de acuerdo a los consensos vigentes. ¿Cuál de las constituciones ha colaborado más a ampliar las oportunidades educacionales de los chilenos? Si lo vemos a través de las coberturas el resultado es claro: con la Constitución del 25 logramos cobertura total sólo en educación básica, mientras que con la Constitución vigente alcanzamos en menos tiempo la casi universalización del acceso a la educación media.
Asimismo, mientras bajo la Constitución del 25 la educación superior era un privilegio reservado para unos pocos, bajo el actual texto la enseñanza terciaria se masificó y se hizo más inclusiva al permitir el ingreso de más jóvenes vulnerables.
En suma, la realidad es categórica: la actual Constitución consagra una institucionalidad que nos ha permitido un avance social que no tiene parangón en nuestra historia. Por el bien de un país que aspira a progresar con justicia, el debate constitucional debe aislar las fórmulas antidemocráticas como la Asamblea Constituyente y no debilitar instituciones fundamentales como el derecho de propiedad, que junto con otras han permitido a Chile ser reconocido como un país líder en Latinoamérica por su desarrollo humano.

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