Reforma tributaria: segundo intento
Luego de haberse rechazado hace un año la idea de legislar el proyecto de reforma tributaria que había presentado, el ministro Marcel ya está dando luces sobre lo que sería el contenido de la nueva iniciativa. En lo que respecta a la tributación al capital, se mantendría la idea de eliminar o limitar exenciones impositivas, de avanzar en la desintegración tributaria incorporándose un impuesto a los dividendos, y de disminuir el impuesto de primera categoría a 25%, aunque se modificaría el “impuesto al desarrollo” que consideraba la iniciativa anterior (aplicada sobre la misma base, pero susceptible de ser utilizada como crédito tributario para los gastos que realizan las empresas para mejorar productividad, dicho en término generales) desde el 2% al 1%.
Esto significa, en la práctica, que para las empresas que no acrediten gastos de esta naturaleza la tasa de impuesto a las utilidades solo estaría bajando de 27% a 26%, todavía muy por encima del promedio de los países OCDE. Los incentivos a la I+D y a las mejoras en productividad deberían plantearse como un crédito tributario a partir de la tasa general del impuesto, y no como un descuento aplicable a una sobretasa que se cobra a las empresas que no destinen recursos con ese propósito, en una suerte de “castigo” de difícil justificación. La carga tributaria total que recae sobre las rentas del capital debería adecuarse a los estándares internacionales para recuperar competitividad.
En materia de tributación a las personas, el pre-anuncio del ministro Marcel da cuenta de la intención de subir la tasa para todos quienes perciban rentas superiores a $ 3,2 millones mensuales, en circunstancias de que en el proyecto rechazado esto estaba planteado para las rentas que excedieran los $ 4,4 millones mensuales. Se amplía la base de contribuyentes que se verían afectados por un alza tributaria (200 mil personas), pero aun así las alzas las estaría soportando sólo el 3,8% del total de contribuyentes, permaneciendo la anomalía en la experiencia comparada que significa que aproximadamente el 75% de los contribuyentes estén exentos de cualquier tributación a la renta (rentas mensuales inferiores a $ 869 mil).
El argumento que se suele esgrimir es que se trata de personas cuyo nivel de remuneraciones ya es muy bajo, de manera que no sería justo ni equitativo hacer que ese grupo pague impuestos. Pero ello se contradice con la propuesta del propio Gobierno en materia previsional, que establece que un 3% de la cotización adicional se destine a solidaridad (“reparto”), lo que en la práctica equivale a un impuesto al trabajo de 3%, pero aplicado sólo a los trabajadores formales.
¿No sería acaso más equitativo que la recaudación que se espera obtener de ese 3% se distribuya entre todos los contribuyentes, y que la carga no recaiga sólo en los asalariados? Eso es precisamente el fondo del argumento en favor de que la solidaridad sea financiada con rentas generales y no a través de un impuesto al trabajo discriminatorio.
Si se actuara con este criterio se necesitaría bastante menos que 3% para financiar los beneficios que están contemplados (PGU incluida), y serviría para corregir la anomalía que presenta la estructura de impuesto a la renta en Chile. Permitiría financiar los mismos beneficios, pero en forma más equitativa e introduciendo menos distorsiones.