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UDD en la Prensa

Abuso de la acusación constitucional

 Sergio Verdugo
Sergio Verdugo Profesor Investigador, Facultad de Derecho

Por: Sergio Verdugo, Julio Alvear y José Manuel Díaz de Valdés
Centro de Justicia Constitucional UDD
Algunos parlamentarios anunciaron una acusación constitucional en contra de ministros de la Corte Suprema. Previamente, otros propusieron reformar la Constitución para permitir la acusación de ministros del TC. En ambos casos, la acusación constitucional se transforma en una reacción frente a sentencias judiciales desfavorables a las agendas políticas de los parlamentarios. Esta utilización abusiva del mecanismo contraría los estándares internacionales en la materia.
Naciones Unidas sostiene que los procesos judiciales no pueden ser objeto de interferencia inapropiada, que las decisiones de los tribunales no pueden estar sujetas a revisión y que las acusaciones contra los jueces deben respetar el debido proceso y operar sólo por razones que los incapacite para cumplir con sus deberes (ONU, 1985).
Otros órganos internacionales (e.g., Latimer House Principies, 2003; IDEA 2011, 2014; Venice Commission 2010, 2015) han seguido posiciones similares, rechazando la remoción de jueces como reacción política al contenido de sus sentencias. Estas recomendaciones suelen incluir garantías como el establecimiento de comisiones independientes que investiguen los hechos de forma preliminar (asegurando un debido proceso) o que la remoción sea aprobada por amplias mayorías (normalmente dos tercios de los legisladores). Esta última regla es seguida en países como Alemania (jueces constitucionales) y EE. UU. (jueces federales).
Nada de lo anterior impide que los parlamentarios puedan criticar decisiones judiciales, o impulsar las reformas legales o constitucionales que correspondan. Pero utilizar la acusación constitucional para castigar a los jueces y sustituir su decisión por el juicio político de algunos parlamentarios daña severamente la independencia judicial.
La regulación chilena en la materia es deficitaria, en tanto no impide el abuso de la acusación. No existe una comisión independiente previa que investigue los hechos y sólo se requiere una mayoría de los senadores en ejercicio para aprobar la acusación. Esto es preocupante. La sola amenaza de presentar una acusación constitucional puede menoscabar severamente la independencia judicial. Abundan los ejemplos. En Bolivia, Evo Morales utilizó tal amenaza en contra de la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional; en Perú, Alberto Fujimori trató de destituir jueces de la Corte Suprema antes de su autogolpe; en Argentina, la Corte Suprema ha sufrido diversas «purgas», incluyendo el abuso de acusaciones constitucionales por parte de Perón.
Una mala regulación de la acusación constitucional puede fomentar su abuso, transformándose en un instrumento de castigo a los jueces, y no para remover a quienes han incumplido gravemente sus funciones. Se produce así un deterioro del Estado de Derecho y la independencia judicial. Para evitarlo, proponemos perfeccionar este mecanismo, estableciendo una investigación previa independiente, así como su aprobación por amplias mayorías legislativas.

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